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2009-09-12- MAS SOBRE LA LIBERTAD RELIGIOSA EN EL PAIS
Muchas son las opiniones, no exentas de intereses particulares, especialmente cuando los que opinan pertenecen a alguna organización, sobre la posible modificación a la Ley de Registro de Cultos que se rige por Ley de la Dictadura que beneficia discriminatoria y vergonzosamente a la Iglesia Católica romana.
OPINION DE MALLIMACCI Sobre la futura ley el sociólogo del Conicet, Fortunato Mallimacci sostuvo en Pag. 12 que “es de los que creen que se debe ir hacia un Estado laico, que desvincule la religión del Estado, la sociedad política y el Estado y la sociedad política y la religión, o sea despartidizar las religiones y desreligiocizar  los partidos políticos y el Estado”, No hace falta hacer nuevas leyes sobre el tema sino más bien hay que desandar y desanudar, material y simbólicamente,    la construcción moderna de   la Argentina católica-militar    y sus privilegios. Un primer    y urgente paso es anular las leyes de la dictadura militar hoy vigentes: el Registro Nacional de Cultos, anular    el subsidio a los máximos especialistas del culto católico –es decir los obispos activos y retirados –; anular las becas a los argentinos que ingresan a los seminarios católicos y los subsidios a las parroquias católicas de frontera. También se debe anular la creación del obispa-do castrense hecha por el menemismo. Todo esto no para reemplazarlo por nuevos privilegios y leyes que sumen ahora a las “verdaderas” religiones sino para ir hacia una Argentina de amplios derechos de ciudadanos y ciudadanas, democrática e igualitaria. Hacen falta enunciamientos tanto del campo político como del campo religioso”


Mallimacci sostiene que “el Proyecto Hotton está hecho desde los grupos religiosos que no tienen una mirada laica. Parten de la idea de que a la Iglesia Católica no se la va a tocar más que desde una búsqueda de igualar a todas las religiones”.  Desde Argentina Evangélica  Creemos que la opiniones vertidas descubren un debate más amplio: el de la confesionalidad encubierta del Estado Argentino, muy visible en gobiernos anteriores en ciertas ocasiones pero sin sustento constitucional. Si bien el art. 2 de la Constitución Nacional sostiene el culto católico y algunos artículos le dan ciertas prerrogativas no existe confesionalidad del Estado.  Por eso todos los privilegios que se le agreguen a la ICAR que no surjan de la CN son discriminatorios. Desconocemos cuáles son los criterios del Gobierno y nuestro temor es que no se afronten los verdaderos problemas estructurales del sistema de libertad religiosa hacia la igualdad. Si se cambia la norma, lo mejor sería mantener un consenso generalizado. Es difícil vivir con desconfianza y con la segregación consuetudinaria hacia las confesiones minoritarias que se manifestaba hasta la asunción del actual gobierno en muchísimos estratos del aparato del Estado y de la sociedad. Por eso muchos piensan que la reforma debería orientarse hacia la neutralidad porque todavía se percibe la tensión entre lo clerical y anticlerical, que son muestras de la lucha sorda por el espacio público. Una posición intermedia entre la confesionalidad y el estado laico nos lleva a recordar y a proponer y apoyar soluciones intermedias como los Proyectos CALR, CALIR, OLIVERI o Hotton ya que el Estado argentino se creó sobre Principios judeocristianos inmersos en la CN que deben ser sostenidos 
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